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La primera Declaración Conjunta fue suscripta por los ministros de Relaciones Exteriores de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay en ocasión de la I Reunión Ordinaria de Cancilleres celebrada en Buenos Aires el 27 de febrero de 1967. Este documento, junto con el acta final del encuentro, se consideran como el primer acto institucional para la creación del Sistema de la Cuenca del Plata.

En ocasión de la VII Reunión Extraordinaria de Cancilleres de la Cuenca del Plata, realizada el 17 de junio de 2018, se acordó la actualización del Artículo 7° del Estatuto del CIC, que había sido aprobado el 20 de diciembre de 2001 en el marco de la VI Reunión Extraordinaria de Cancilleres.

El reglamento vigente del Comité Intergubernamental Coordinador de los Países de la Cuenca del Plata contiene ocho capítulos, entre los que se incluyen la definición de términos a los que se hace referencia en el documento; la composición y las atribuciones del organismo; consideraciones relativas a la presidencia, a la secretaría general, a las sesiones y a las representaciones del CIC; y nociones relacionadas con las reuniones de la Unidad de Proyectos del Sistema y con el presupuesto del Comité.

El Tratado de la Cuenca del Plata es la manifestación jurídica de la voluntad de los gobiernos de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay de promover el desarrollo y la integración de la región. Este documento —que fue firmado en la I Reunión Extraordinaria de Cancilleres celebrada en Brasilia el 23 de abril de 1969 y que entró en vigencia el 14 de agosto de 1970— recoge los propósitos fundamentales señalados en la Declaración Conjunta (1967) y en el Acta de la II Reunión de Cancilleres (1968). Su objetivo es afianzar la institucionalización del sistema de dicha Cuenca y mancomunar esfuerzos para promover el desarrollo armónico y la integración física de esta y de sus áreas de influencia directa y ponderable.