En la VII Reunión de Cancilleres (Cochabamba, Bolivia, 1975) se aprobó la Resolución Nº 60 (VII) que agrupa la acción del CIC en seis áreas básicas de trabajo, a fin de coordinar u concentrar las actividades:
- Transportes en sus distintos medios y modos (incluyendo todo lo relativo a las obras de infraestructura correspondientes).
- Recursos hídricos y otros recursos naturales.
- Cooperación económica (incluyendo turismo).
- Cooperación en los sectores sociales.
- Cooperación en materia de servicios públicos.
- Asuntos institucionales.
La misma resolución establece que la acción del CIC será llevada a cabo a través de seis “grupos de trabajo” y que estos grupos orientarán su labor hacia la formulación de áreas de consenso y de mecanismos de cooperación y coordinación a implementarse a través de las reparticiones administrativas competentes de los Gobiernos miembros.
A partir de 1981, el CIC, por encargo de la reunión de cancilleres, comenzó a estudiar la necesidad de establecer prioridades para orientar las acciones futuras.
El Tratado planteó amplios objetivos de integración, tanto en infraestructura como en el manejo sustentable de los recursos naturales que, en las décadas siguientes, al profundizarse el proceso de integración regional, algunos de estos objetivos se trasladaron a otros ámbitos, como el Mercosur y la Unasur.
Con el diseño y ejecución del Programa Marco se definieron políticas y estrategias para el CIC, que se focalizará en la gestión integrada de los recursos hídricos y en el desarrollo productivo ambientalmente sustentable.