El 27 de febrero de 1967, en ocasión de la I Reunión Ordinaria de Cancilleres que se celebró en Buenos Aires, los ministros de Relaciones Exteriores de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay suscribieron la 1a Declaración Conjunta. Tanto el acta final de la reunión como la Declaración Conjunta se consideran el primer acto institucional para la creación del Sistema de la Cuenca del Plata. En dichos documentos, los cancilleres reflejaron el espíritu de cooperación y la necesidad de obrar en conjunto para lograr el desarrollo armónico y equilibrado de la región de la Cuenca del Plata en beneficio de los intereses comunes de sus países y de sus pueblos.
Como un paso de gran alcance en el proceso de integración latinoamericana, declararon que era decisión de sus gobiernos llevar a cabo el estudio conjunto e integral de la Cuenca del Plata, con miras a la realización de un programa de obras multinacionales, bilaterales y nacionales, útiles para el progreso de la región. Además, propusieron adoptar las medidas necesarias para que, en cada uno de los países, organismos nacionales especializados centralizaran sus estudios y la apreciación de los problemas nacionales de cada uno de ellos, relativos a la Cuenca.
En ese mismo acto se expresó la necesidad de constituir lo que luego se denominó Comité Intergubernamental Coordinador de los Países de la Cuenca del Plata, cuyo primer estatuto fue aprobado por la II Reunión de Cancilleres, celebrada en Santa Cruz de la Sierra (Bolivia), en 1968. Aquí se estableció el principio de igualdad de derechos de los países, determinándose que las decisiones se adoptarán por el voto unánime de los integrantes.
En la II Reunión de Cancilleres, al tiempo de aprobar el estatuto del CIC, los cancilleres encomendaron a ese organismo preparar el proyecto de Tratado para afianzar la institucionalización de la Cuenca del Plata; encomendándosele también las pautas de acción necesarias para la consecución de los objetivos acordados. Los cancilleres aprobaron la realización de estudios previos a la ejecución de proyectos compartidos por los cinco países miembros y otros específicos de interés particular de uno o más países miembros. Resulta interesante señalar que, en dicha oportunidad, consideraron necesario aplicar criterios de valoración para asignar prioridades a los proyectos presentados por los países.
En esta segunda reunión participaron por primera vez observadores de países externos al área y organismos internacionales.